Instalación de toldos

Montaje y desmontaje de Toldos

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Nuestra empresa instala toldos utilizando  la Normativa UNE-EN 13561 de obligado cumplimiento .

En 2004 se aprobó la Normativa europea UNE-EN 13561, de obligado cumplimiento para todas las empresas que fabrican e instalan toldos en fachadas de edificios. De esta manera garantizan unos estándares de calidad y las empresas están obligadas a especificar sus prestaciones: resistencia al viento, a la nieve, al agua embalsada, su durabilidad, maniobrabilidad…

También existe regulación por parte de los ayuntamientos. Dependiendo de dónde se resida se deberá pedir o no una licencia municipal para instalar el toldo. Te recomendamos que te informes bien antes de hacer la instalación.



Normativa para instalar toldos en la Comunidad de Vecinos

Instalar toldos en su comunidad de vecinos puede generar muchos conflictos, especialmente si no se respeta la normativa ni se solicitan los permisos necesarios.

El artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que un propietario no podrá hacer modificaciones sobre elementos arquitectónicos del edificio cuando esto altere su estructura o estado exterior del mismo, e instalar un toldo anclado mediante una estructura metálica a la fachada entraría dentro de este supuesto.

Por ello, debes consultar con el Administrador de Fincas o el presidente de la comunidad. Al hacerlo te puedes encontrar con dos situaciones diferentes:

  • Existe una normativa previa sobre la instalación de toldo.
  • No cuentan con especificaciones concretas.

¿Cómo  se debe actuar en cada caso? Te lo explicamos a continuación.

En el Reglamento de Régimen Interno de la comunidad de vecinos se especifica una normativa sobre la instalación de toldos:

En este caso, no tendrás que pedir permiso a la Comunidad, sólo cumplir con las normas establecidas. En este caso seguramente se especifique el color, modelo y dimensiones que deben de tener los toldos que se instalen en la Comunidad para dar un aspecto uniforme y visualmente agradable al edificio.

La Comunidad de Vecinos no cuenta con Reglamento de Régimen Interno o en él no se menciona nada acerca de los toldos.

En este caso deberás solicitar un punto del orden del día en la Junta de Propietarios para obtener el permiso. Necesitarás una mayoría de las 3/5 partes de votos a favor, que sea equivalente a las 3/5 partes de cuotas de participación.

La comunidad también deberá llegar a un acuerdo sobre el modelo, color y dimensiones de los toldos que se instalen. Para alcanzar este acuerdo bastará con una mayoría simple.

Es importante que el propietario interesado solicite un punto en el orden del día, ya que, si el tema se trata durante el turno de ruegos y preguntas, el acuerdo alcanzado no será válido y podrá ser impugnado.

Y ¿Qué hago si la Comunidad de Propietarios no me concede el permiso?

Si no logras alcanzar un acuerdo con tu Comunidad de Vecinos, y sin embargo ya hay otros toldos ya colocados de idéntico tamaño, color y características que el que quieres instalar, podrás poner una denuncia por discriminación al existir un agravio comparativo.

En conclusión, es posible instalar toldos en la Comunidad de Vecinos siempre que se cumpla con la normativa y se llegue a los acuerdos necesarios con el resto de los propietarios.

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